Encuentre en esta sección las preguntas más frecuentes que recibimos, divididas por departamentos

¿Qué tipo de servicios contables presta su despacho?

Básicamente, 2 tipos de servicios contables;

  • bill-with-dollar-sign-and-coinsLa gestión de la contabilidad en la misma asesoría, mediante la aportación de la documentación por parte del cliente. Es la alternativa más económica. Lo anterior no obstante, desde siempre, existía la problemática de la “ubicación física” de la documentación contable, que se archivaba, al menos temporalmente, en la asesoría, hasta su contabilización, con los consiguientes inconvenientes para el cliente a la hora de tratar con dicha documentación, al no estar en su poder. Hoy día estos problemas son fáciles de solventar mediante la transmisión de la documentación vía e-mail y en pdf, y la cesión de claves informáticas para obtención de la información bancaria. Ello permite al cliente no dejar de poseer en todo momento la información original para su gestión adecuada del día a día.
  • businessmanLa “contabilidad en la oficina”. En caso necesario, el Despacho puede ofrecerles los servicios de un profesional independiente que, en la propia oficina de su empresa confeccionará la contabilidad de acuerdo con el RD por el que se aprueba el PGC

¿Tan importante es un buen servicio de contabilidad?

Tanto en un empresario persona física como persona jurídica (S.L. o S.A.) la adecuada gestión de la contabilidad es fundamental como una adecuada herramienta de gestión. La crisis económica iniciada el año 2008 ha demostrado sobradamente que las empresas que desconocían exactamente su situación financiera y patrimonial han tenido muchos más problemas para reaccionar frente a la situación de crisis, terminando muchas veces, debido a una mala gestión contable, en situaciones concursales ( las antiguas quiebras y suspensiones de pagos ) que han generado serias responsabilidades personales, por no decir penales, a los administradores de dichas sociedades.

Si yo ya tengo mi departamento administrativo-contable, ¿pueden uds. ayudarme en la configuración de los programas contables y de gestión, gestión del archivo, mejora del sistema de control interno y otras cuestiones organizativas?

Por supuesto, nuestros profesionales pueden ayudar a mejorar su empresa en multitud de aspectos administrativo-contables; para muestra un pequeño botón:

  •  business-presentationDiseño y/o mejora del sistema de control interno. Podemos diseñar el sistema de control interno administrativo contable de su empresa ( cómo gestionar toda la documentación que entra y sale de la empresa, albaranes de compra, facturas de compra, albaranes de venta, facturas de venta, otros gastos, otros ingresos, control de gastos e ingresos, archivo adecuado de toda la documentación de acuerdo con su propio sistema de archivo etc…).
  • pig-bankAsesoramiento contable. ¿Dónde están los límites entre un gasto y una inversión?. ¿Puedo deducirme amortizaciones de Inmovilizado por encima de los porcentajes establecidos por la A.E.A.T ? ( en muchos casos sí ). ¿Cómo contabilizar un leasing si el tratamiento fiscal y contable es distinto ?
  • books-piledConfiguración de las cuentas del I.V.A. y los subficheros de los libros del IVA. El Impuesto sobre el Valor añadido es un impuesto que ya no sólo se divide en “repercutido” y “soportado” sino que incluye multitud de operaciones como “inversión del sujeto pasivo”, “Adquisiciones intracomunitarias de bienes y de servicios”, “Importaciones”, “Exportaciones”, “operaciones exentas” etc.. que requieren un tratamiento personalizado de dichas operaciones a la hora de contabilizarlas y a la hora de incluirlas en el libro de I.V.A. correspondiente. Nuestros profesionales tienen la experiencia necesaria en la mayoría de programas de contabilidad del mercado (A3, limit tecnologies, Contaplus, Dimoni, Diconta, programas locales, etc…) para confeccionar la adecuada configuración, para que ello no sea un problema para Ud.
  • reportInformes periódicos sobre la marcha de la empresa. Cuentas de Resultados, Balances de situación, Análisis departamental.

equipo¿Qué tipo de servicios presta su despacho?

  • Gestión de fusiones, escisiones y adquisiciones. Régimen fiscal especial.
  • Confección de las Cuentas Anuales e Informe de gestión.
  • Depósito de cuentas anuales.
  • Organización de Juntas de socios
  • Actas de las Juntas de Socios.
  • Certificaciones de las Actas
  • Liquidaciones y disoluciones de Sociedades

¿Qué magnitudes debe tener mi empresa para estar obligada a verificación ( auditoría obligatoria )?

Una entidad está obligada a auditar sus cuentas anuales cuando supere los límites establecidos reglamentariamente señalados en el artículo 257 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Los límites que suponen la obligación de auditar las cuentas anuales de una empresa,  según la normativa mencionada son, que la entidad cumpla durante dos ejercicios consecutivos a la fecha del cierre de cada ejercicio, dos de los tres requisitos que se indican a continuación:

  • pie-chartCuando el total de sus activos superen los 2.850.000 de euros.
  • Cuando el importe neto de la cifra de negocios supere los 5.700.000 de euros.
  • Cuando el número medio de trabajadores durante el ejercicio supere los 50.

Cabe señalar que en el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades quedan exentas de la obligación de auditarse si no reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos dos de los tres requisitos expresados anteriormente.

Además debería auditar su empresa si lo solicita un socio minoritario (mínimo 5 %). En determinadas operaciones societarias, en otros casos que la normativa nacional o autonómica lo requiera.

Hay, además, otras situaciones por las que su Empresa podría verse en la obligación de auditar.balance

Recomendamos se asesoren convenientemente si desean entrar en más detalle al respecto.

 

¿Puedo auditar mi empresa de forma voluntaria? ¿Qué ventajas me reporta hacerlo?

Por supuesto, en la mayoría de los casos es suficiente la decisión del Administrador de la empresa.

Las ventajas de auditarse son, básicamente, conocer la situación “real” de su empresa, descubrir debilidades organizativas, descubrir riesgos empresariales latentes, conocer la fortaleza de su departamento contable y, muy principalmente, generar confianza en los operadores del mercado (socios, proveedores, clientes, entidades financieras ) en el sentido de poseer un certificado de que la situación financiera “ es la que se muestra y no otra”.

¿Qué tipo de servicios presta su despacho?

Nuestro despacho presta los servicios de asesoramiento fiscal y confección de Impuestos de toda clase; mencionamos sólo los más importantes:

  • impuestosImpuesto sobre Sociedades (IS)
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (IRPF)
  • Impuesto sobre el Patrimonio (IP)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
  • Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-ATP)

¿Me defendería ante una Inspección de Hacienda?

justice-hammerLos profesionales de nuestro despacho tienen una dilatada experiencia en los principales impuestos sometidos a Inspección. En el momento oportuno, nuestro Despacho le representará ante la Autoridad Fiscal, sin que sea prácticamente necesaria su presencia.

¿Cuándo es obligatorio presentar un Concurso de Acreedores?

 Es obligatorio presentar Concurso de Acreedores cuando se da, en su empresa, una situación de insolvencia.

¿Cuándo se da la situación de insolvencia?

Con carácter general, cuando el deudor no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.

Se presumirá que el deudor ha conocido su estado de insolvencia, cuando:

test-quiz– Se dé el sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
– Existan embargos o ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al
patrimonio del deudor.
– Se produzca el alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.
– El incumplimiento generalizado durante tres meses de alguna de las siguientes obligaciones:  pago de obligaciones tributarias, pago de cuotas de la Seguridad Social, y pago de retribuciones e indemnizaciones derivadas de las relaciones de trabajo.

¿Qué clase de apoyo empresarial puedo esperar si se da, desgraciadamente, esta circunstancia ?

Contamos con Economistas y Abogados expertos en el mundo concursal, si ello resulta necesario en un momento dado.

Albert Sansó es Abogado y Graduado Social; Juan Sansó es Economista, Auditor y Mediador concursal. Ambos con una dilatada experiencia en el mundo Concursal, desde sus respectivas disciplinas:

test-quiz– Revisión general de la contabilidad para poder hacer frente al concurso.
– Presentación de la demanda concursal con toda la documentación requerida.
– Defensa durante todo el proceso para obtener el máximo rendimiento posible.
– Estudios de viabilidad para potenciales convenios con los acreedores. Diseño del convenio.
– En caso de que Ud, o su sociedad, sean los “acreedores” y no los “deudores”, seguimiento y defensa ante el proceso concursal del “tercero deudor”.

 

¿Es posible llegar a un pacto general con mis acreedores ( o los de la Sociedad ), sin necesidad de ir al Juzgado ?

Sí es posible. Existe un procedimiento legal, que se llama de “Mediación concursal”, que se solicita al Registrador Mercantil , el cual nombra un Mediador Concursal, que, a través de una “Propuesta extrajudicial de pagos” pretende alcanzar un ACUERDO con los acreedores, que incluya “quitas y esperas” importantes siempre que sean aceptadas por la mayoría de los acreedores.

Juan Sansó Tur es, además de Economista y Auditor, “Mediador Concursal” y ha dirigido la primera Mediación concursal de la historia de Balears.

Por ello, junto con el socio del despacho, Albert Sansó, Abogado y Graduado Social, podemos prestar servicios como:

test-quiz– Presentación de la demanda de Mediación Concursal al Registrador Mercantil.
– Representación del cliente ante el Mediador Concursal.
– Confección del “Acuerdo Extrajudicial de Pagos”. Plan de viabilidad consecutivo.

Tengo alquilado un piso y el inquilino no me paga, ¿qué puedo hacer?¿Tardará mucho un desahucio?

keyholeLa actual redacción de la Ley de Enjuiciamiento Civil facilita y hace más accesible la acción de desahucio por impago de las rentas. El incumplimiento de pago por parte del inquilino es causa suficiente para presentar demanda de desahucio con garantías de conseguir el desalojo de la vivienda. Por lo general, sólo si el inquilino paga la deuda o demuestra que ya ha pagado podrá librarse del desahucio. Si así no lo hace, lo más probable es que en el plazo de unos 4 o 5 meses desde la presentación de la demanda se pueda disponer de la vivienda libre, eso dependiendo del trabajo y la velocidad de cada juzgado.

Me dieron un golpe en mi coche en un accidente de tráfico del que es culpable el contrario, pero la compañía de seguros no quiere indemnizarme, ¿puedo reclamar?

travelling-vehicles-of-a-roadPor supuesto que puede reclamar. La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor le exige que con carácter previo a la interposición de demanda judicial reclame la indemnización de los daños a la compañía aseguradora. Pero si ésta en el plazo de tres meses no le contesta o lo hace rechazando el pago de la indemnización u ofreciéndole una cantidad inferior a la que corresponde usted quedará libre para presentar demanda judicial reclamando el pago de la indemnización de todos los daños que le haya causado el contrario por su culpa. Para ello será conveniente disponer del mayor número de pruebas sobre la culpabilidad del contrario y el coste de los daños a indemnizar, como pueden ser informes periciales, atestados policiales, testigos, etc…, Nuestro despacho puede encargarse de todo ello para presentar la demanda judicial en su nombre, con el objetivo de obtener la indemnización que le corresponda.

¿Es cierto que pueden reclamarse los gastos de hipoteca?

money-bag-with-dollar-symbolLa sentencia del Tribunal Supremo de 23/12/2015 así lo avala cuando se trata de adquisición de vivienda. Se consideran abusivas aquellas cláusulas en las que se pone, como en la mayoría de las escrituras de hipoteca, que serán a cargo exclusivo del comprador de la vivienda todos los gastos que genere dicho préstamo y su escritura pública. Por ello, cabrá estudiar cada caso, revisar cómo está redactada esta cláusula en la escritura y calcular a qué cantidad pueden ascender dichos gastos. En función de todo ello puede ser conveniente preparar y presentar demanda ante los tribunales de justicia reclamando la devolución de dichos gastos. Si, además, su hipoteca tuviera cláusula suelo y el banco no hubiera aceptado devolverle las cantidades pagadas de más a causa de dicha cláusula, también podrá reclamarse la devolución de dichas cantidades más los intereses de todo ello en función del tiempo transcurrido desde su cobro hasta su devolución.

¿Es realmente necesario llevar un registro diario de las jornadas de los trabajadores?

calendar-with-a-clock-time-toolsEn el caso de los trabajadores contratados a tiempo parcial, sin duda. Así lo exige el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores en su apartado 4 c). “la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador”. De no hacerlo así, en caso del “incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa”. Por lo que el registro diario es obligatorio y muy necesario para no tener problemas ante una eventual inspección de trabajo.

En cuanto a los trabajadores a tiempo completo, dos sentencias de la Audiencia Nacional entendieron que sí era obligatoria su llevanza. Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Supremo parece devolver las cosas a como estaban antes y entiende que, salvo en el caso de que se realicen horas extraordinarias, no es obligatorio que la empresa lleve un registro diario de las jornadas de los trabajadores a tiempo completo. No obstante, tener estos registros supondrá una ventaja a la hora de demostrar que no se realizan horas extraordinarias. Nuestro despacho dispone de hojas Excel para cada uno de los convenios colectivos con los que llevar a cabo este control de horas y su registro le resultará muy sencillo.

¿Hay bonificaciones de la seguridad social por contratación de trabajadores? ¿Supone algún riesgo acogerse a las mismas?

give-moneyAunque con la desaparición de las bonificaciones de Tarifa Plana son menos las bonificaciones a las que se pueden acoger las empresas por la contratación de trabajadores, todavía hay un amplio número a las que acudir, especialmente cuando se trata de la contratación indefinida de jóvenes, discapacitados y otras situaciones que cabe estudiar para cada caso.

Acogerse a las bonificaciones no supone ningún riesgo siempre que se cumplan los requisitos. Pero estos requisitos a veces son bastante estrictos, como el mantenimiento del empleo estable, tanto indefinido como temporal, durante uno, dos, o tres años. El empresario que se acoja a estas bonificaciones debe ser consciente de que si finalmente no puede cumplir con todos los requisitos deberá devolver las bonificaciones aplicadas.

¿Pueden ayudarme en la selección de personal?

users-groupSí, nuestro despacho tiene mucha experiencia en la selección de personal para las áreas de gestión administrativa, fiscal, contable y laboral. Si usted necesita un empleado que le lleve las gestiones administrativas o contables nuestro departamento de gestión puede encargarse de confeccionar el anuncio y hacer la selección para que el empresario al final pueda elegir entre aquellos candidatos más idóneos para el puesto.